Contrato de trabajo por obra o labor

El contrato por obra o labor dura lo que dura una tarea concreta: la construcción de una obra, una cosecha, una temporada de ventas, la implementación de un proyecto. Es muy usado en construcción, agro y servicios, y fue uno de los más afectados por la reforma laboral: ahora debe celebrarse por escrito y describir de forma precisa y detallada la labor contratada.

«Obra o labor» sin decir cuál obra

El error clásico es un contrato que dice «por obra o labor determinada» sin decir cuál. Cuando termina la relación, el empleador sostiene que la obra acabó; el trabajador, que la labor era indefinida y el contrato también. Con la Ley 2466 de 2025, si la labor no está descrita con precisión o si el trabajador sigue prestando servicios después de terminada la obra, el vínculo se entiende a término indefinido. La descripción de la labor ya no es un formalismo: es lo que define el contrato.

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La labor descrita con detalle

Qué obra, en qué lugar, qué actividades, y qué hecho marca su terminación: la entrega de la obra, el fin de la cosecha, el cierre del proyecto. Cuanto más concreta la descripción, menos espacio para discutir.

Un modelo por tipo de proyecto

Si contratas por obra con frecuencia, sube tu modelo una vez y llena la descripción de la labor y los datos del trabajador en cada contratación.

Firmado en la obra, desde el celular

En construcción y agro casi nunca hay oficina cerca. El trabajador firma desde su celular con un enlace o escaneando un código QR en la obra.

Liquidación y paz y salvo al final

Al terminar la labor, la liquidación y el paz y salvo se firman igual y quedan archivados con el contrato.

Requisitos tras la reforma laboral

La Ley 2466 de 2025 mantiene el contrato por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada como una de las excepciones al contrato indefinido, pero exige que se celebre por escrito e indique de manera precisa y detallada la labor contratada. Si no se cumple ese requisito, o si el trabajador continúa prestando servicios después de terminada la obra, la relación se entiende a término indefinido. El escrito puede ser electrónico: el artículo 6 de la Ley 527 de 1999 da al mensaje de datos el valor del documento escrito, siempre que pueda consultarse después.

Un maestro de obra que siguió en la siguiente obra

Una constructora de Villavicencio contrataba a sus maestros de obra por obra o labor, pero los pasaba de un proyecto al siguiente sin contrato nuevo. Cuando uno de ellos fue desvinculado al final del tercer proyecto, reclamó un contrato indefinido, y el contrato original —que solo decía «obra o labor»— no lo desmentía. Hoy la constructora firma un contrato nuevo por cada proyecto, con la obra descrita y su fecha estimada de entrega.

Qué debe incluir un contrato por obra o labor

Preguntas frecuentes

¿El contrato por obra o labor sigue existiendo?

Sí. La reforma laboral lo mantiene como excepción al contrato indefinido, con la condición de que sea escrito y describa con precisión la labor contratada.

¿Qué pasa si sigo trabajando después de terminada la obra?

Según la Ley 2466 de 2025, si el trabajador continúa prestando servicios después de terminada la obra, la relación se entiende a término indefinido.

¿Puedo usar el mismo contrato para varias obras?

No es recomendable. Cada obra debe tener su descripción; lo más seguro es firmar un contrato por cada proyecto.

¿El trabajador puede firmar desde la obra?

Sí. Firma desde su celular con un enlace o escaneando un código QR que le muestras, y el contrato queda con su registro de firma.

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