Acuerdo de confidencialidad

Antes de mostrarle a alguien tu base de clientes, tus precios, tu código o tu plan de negocio, conviene que firme un acuerdo de confidencialidad. Es un documento corto que dice qué información es confidencial, para qué se puede usar, por cuánto tiempo y qué pasa si se divulga. Firmarlo antes de la primera reunión cuesta minutos; no firmarlo puede costar el negocio.

La información que salió en la primera reunión

Lo habitual es firmar el acuerdo de confidencialidad «después», cuando ya se compartió todo en una llamada o en un correo. En ese momento ya no hay forma de demostrar qué se reveló bajo confidencialidad y qué no. Otro error común es un acuerdo tan genérico —«toda la información es confidencial»— que no permite saber qué estaba protegido. Un buen acuerdo es específico y se firma antes de compartir.

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Qué es confidencial y qué no

Define la información protegida —financiera, técnica, comercial, de clientes— y excluye lo que ya es público o lo que la otra parte ya conocía.

Para qué se puede usar

La información solo puede usarse para el propósito acordado: evaluar un negocio, ejecutar un proyecto. Cualquier otro uso es un incumplimiento.

Cuánto dura la obligación

La confidencialidad suele extenderse más allá de la relación: dos, tres o cinco años, o indefinidamente para secretos industriales.

Firmado antes de la reunión

Envía el acuerdo por WhatsApp o correo antes de la primera conversación; la otra parte lo firma desde el celular en un minuto.

Protección de la información en Colombia

Además del contrato, la ley colombiana protege los secretos empresariales. El artículo 16 de la Ley 256 de 1996 considera desleal la divulgación o explotación, sin autorización de su titular, de secretos industriales o de cualquier otra clase de secretos empresariales a los que se haya tenido acceso legítimamente pero con deber de reserva. La Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, en sus artículos 260 a 266, define el secreto empresarial y exige que su titular haya tomado medidas razonables para mantenerlo secreto. Un acuerdo de confidencialidad firmado es precisamente una de esas medidas. La firma electrónica le da plena validez según la Ley 527 de 1999.

Un inversionista que conoció los números

Una startup de Bogotá compartió su modelo de precios y su lista de clientes con un posible inversionista sin acuerdo previo. El inversionista no invirtió, y meses después un competidor apareció con una propuesta sospechosamente parecida a sus clientes. Sin acuerdo firmado, demostrar el deber de reserva era casi imposible. Hoy la startup envía su acuerdo de confidencialidad para firma electrónica antes de agendar cualquier reunión con inversionistas.

Qué debe incluir un acuerdo de confidencialidad

Preguntas frecuentes

¿Un acuerdo de confidencialidad es válido en Colombia?

Sí. Es un contrato como cualquier otro, y además es una de las medidas razonables que la Decisión 486 de la CAN exige para proteger un secreto empresarial.

¿Cuánto tiempo debe durar?

Depende de la información. Para datos comerciales es común entre dos y cinco años después de terminada la relación; para secretos industriales puede pactarse mientras la información siga siendo secreta.

¿Puede ser unilateral o mutuo?

Ambos. Es unilateral si solo una parte comparte información, y mutuo si las dos lo hacen.

¿Se puede firmar electrónicamente?

Sí, y es lo más práctico: se firma antes de la reunión, desde el celular, con plena validez según la Ley 527 de 1999.

¿Qué pasa si la otra parte incumple?

Puedes reclamar los perjuicios según el contrato y, si se trata de un secreto empresarial, acudir a las acciones de competencia desleal de la Ley 256 de 1996.

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